AVECORN la ha subrayado "y, aunque este tipo de lectura puede ser pesada, creen que leer las partes subrayadas recordará algo de lo dicho en la Ponencia", del pasado 22 de Octubre de 2015. Click AQUÍ.
AVECORN , "irá acercando punto por punto a la ciudadanía, a los afectados y a los propios responsables de los Ayuntamientos el mensaje de que sí se puede, de cómo y de qué manera se puede".
Si AVECORN "no ha elaborado todavía el comentario analítico de la Sentencia es porque acaba de salir a la luz. Pensad que tiene fecha de 15 de Octubre de 2015".
Para acceder a la Sentencia pinchar AQUÍ.
Nota para las no juristas: El Juzgado o Tribunal a quo es el que ha dictado la Sentencia o Auto que se somete a revisión por un órgano jurisdiccional superior y revisor. Aquí el Juzgado a quo es el Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Pontevedra (la Magistrada Juez titular del mismo) y el organismo ad quem es el Tribunal Superior de Galicia. A quo (ablativo) es el que decidió y ad quem es aquel al que ahora se acude (acusativo). Los romanos y los juristas que conocen algo de latín abreviaban mucho con algunas expresiones.
AVECORN, LA ESCALA (GERONA) Jueves, 19 de Noviembre de 2015.
Ad quem: Loc. Lat. Y es. Significa: al cual, para el cual. Sirve para indicar el juez o tribunal al cual se recurre contra unaresolución determinada de otro inferior. | Referida a días (“diez ad quem”), indica el momento a partir del cual cesan determinados efectos; momento final o resolución. (V. A QUO).
Jueves 22 Octubre a las 10:00h (GTM+2) CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNÉTICA – Ponencias en directo de Olle Johansson y Agustín García.
2º Ponencia de 11:30 horas -12:45 horas (GTM+2) – AGUSTÍN GARCÍA ANDRÉS
“CEM y las posibles vías legales de autodefensa, desde varias perspectivas” V.O. ESPAÑOL.
Resumen: 2ª Ponencia de 11:30 horas – 12:45 horas.
"CEM y las posibles vías
legales de Autodefensa - Agustín García Andrés".
Agustín García Andrés, Licenciado en Derecho
por la Universidad
de Deusto y Licenciado en Ciencias Políticas por la Universidad
Complutense y la
UNED.
Letrado de la Administración
Local con más de 30 años de ejercicio de la profesión ante
Juzgados y Tribunales y con experiencia de causas jurisdiccionales tramitadas
ante todos los órdenes de la jurisdicción;
civil, penal, social y contencioso-administrativo y con actuaciones
profesionales ante las instancias provinciales más próximas (Juzgados de 1ª.
Instancia e Instrucción y Audiencias Provinciales), ante el Tribunal Superior
de Justicia de Cataluña, Audiencia Nacional, Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional.
Asesor jurídico de la Asociación de Vecinos
Contra Radiaciones Nocivas de L’Escala (Girona), autor de buen número de
artículos de opinión, de crítica judicial, análisis de Sentencias e inspirador
de series documentales informativas firmadas por la Asociación AVECORN ,
como pueden ser las conocidas “Hoy como Ayer”, “Memoria electromagnética”,
“Breves sobre cáncer” o la serie “Inocentes sin rostro”.
También ha colaborado de manera directa en el
asesoramiento jurídico gratuito que la Asociación ha prestado a Plataformas,
Asociaciones de afectados por antenas, Vecinos y colectivos que ha pedido ayuda
jurídica casuística a AVECORN.
Son conocidos sus trabajos de sistematización
de sentencias sobre estaciones base de telefonía móvil y ordenanzas locales sobre
instalaciones de telecomunicación.
CONTAMINACIÓN
ELECTROMAGNÉTICA y las posibles vías legales de Autodefensa - Agustín García
Andrés
Centrará su ponencia en rechazar ya desde el inicio una
creciente corriente de opinión (a veces viciada por la prensa), claramente
interesada en mantener que la ciudadanía es una masa de población sin derechos
individuales y singulares que merezcan protección frente a la tecnología de la
información y comunicación y a sus productos “más familiares” y, para una
mayoría, “imprescindibles”… como son los teléfonos móviles, las tablets,
aparatos inalámbricos… emisores de campos electromagnéticos conocidos como
radiaciones no ionizantes.
Analizará la defensa individual del sujeto anónimo que, padeciendo EHS,
merece y tiene amparo jurídico internacional en la Convención de la ONU sobre los derechos de las
personas con discapacidad, aprobada por la Asamblea General
de la ONU el
13/12/2006.
Intentará ofrecer una visión actualizada de
lo que ocurre en el entorno que nos rodea y cómo la Declaración de
científicos ante la ONU
en Mayo de este mismo año 2015 puede suponer un claro divorcio entre la ciencia
al servicio del saber y el conocimiento, desde la dignidad profesional, y los
científicos servidores de intereses clientelares que se situarían en una suerte
de círculo o bucle negacionista que ya
ni los jueces, ni los ciudadanos se creen.
Finalmente, buscaremos la difusión de
herramientas y argumentos jurídicos con los que ejercitar de manera positiva
nuestros inalienables derechos a la salud y al domicilio, ante las diferentes
Administraciones, que debieran sentirse obligadas por la defensa de la salud
antes que de intereses comerciales y “envenenadas necesidades locales” que
únicamente obtienen, en definitiva, enfrentamiento y… dolor siempre de los
grupos de población más indefensos.
Grupos que irónicamente incluso se admite son merecedores privilegiados
y cualificados de protección. “Eso sí, siempre que lo permita la cobertura”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario